CONSEJO DE FACULTAD

El Consejo de Facultad es el órgano máximo de gobierno de la Facultad. La conducción y su dirección le corresponden al Decano, de acuerdo con las atribuciones señaladas en el Estatuto Reformado, adecuado a la Ley Universitaria N° 30220. 

El Consejo de Facultad es el órgano máximo de gobierno de la Facultad. La conducción y su dirección le corresponden al Decano, de acuerdo con las atribuciones señaladas en el Estatuto Reformado, adecuado a la Ley Universitaria N° 30220.

El Consejo de Facultad está conformado por:

  • a) El Decano, quien lo preside.
  • b) Tres (03) docentes principales.
  • c) Dos (02) docentes asociados.
  • d) Uno (01) docente auxiliar.
  • e) Tres (03) estudiantes.
  • f) Un (01) representante de los graduados, debidamente acreditado, con derecho a voz, sin voto.

Los representantes docentes son elegidos por y entre ellos, según su categoría; su mandato dura cuatro (04) años.

Los representantes de los estudiantes regulares son elegidos por y entre ellos de la respectiva Facultad; deben pertenecer al tercio superior y haber aprobado como mínimo treinta y seis (36) créditos. Constituyen un tercio del total de integrantes del Consejo y su mandato dura dos (02) años.

El Consejo de Facultad tiene las siguientes atribuciones:

  • a) Aprobar el Plan Estratégico, Plan Operativo y Reglamento de Organización y Funciones de la Facultad.
  • b) Elaborar, ejecutar y evaluar el presupuesto de la Facultad.
  • c) Aprobar los planes de trabajo de los Departamentos y demás unidades académicas.
  • d) Aprobar el número de vacantes de ingreso a las carreras profesionales propuesto por la Dirección de Escuela.
  • e) Aprobar, en primera instancia, los currículos de las Escuelas Profesionales.
  • f) Proponer al Consejo Universitario los currículos o rediseños curriculares para su ratificación.
  • g) Aprobar las propuestas de distribución de cargas lectivas de los Departamentos.
  • h) Aprobar los Grados Académicos y Títulos Profesionales que otorga la Facultad.
  • i) Aprobar convenios de la Facultad con instituciones públicas o privadas, con fines estrictamente académicos para beneficio de los docentes y estudiantes, sin comprometer los recursos físicos y/o económicos de la Universidad,
    respetando las normas de Tesorería y con cargo de dar cuenta al Consejo Universitario.
  • j) Aprobar las modificaciones del Reglamento de Organización y Funciones de la Facultad con los dos tercios (2/3) de sus miembros.
  • k) Pronunciarse sobre la renuncia del Decano y de los Consejeros de Facultad y declarar la vacancia del cargo.
  • l) Las demás atribuciones que la Ley Universitaria establece.

El Consejo de Facultad se reúne ordinariamente una vez al mes y, extraordinariamente, cuando es convocado por el Decano o por loa mitad más uno de sus miembros.

LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE FACULTAD SON LOS SIGUIENTES:

  • DECANO DE LA FACULTAD
    • Dr. FELICIANO SALVADOR BERNUI PAREDES
  • DOCENTES PRINCIPALES
    • Dr. LUIS ORLANDO MONCADA ALBITRES
    • Dr. SEGUNDO DOMINGO RUÍZ BENITES
  • DOCENTES ASOCIADOS
    • Dr. MEDARDO ALBERTO QUEZADA ÁLVAREZ
    • Ms. SEGUNDO JUAN SALDAÑA SAAVEDRA
  • DOCENTE AUXILIAR
    • Ms. PAÚL HENRY ESQUERRE PEREYRA
  • ALUMNOS INTEGRANTES
    • Est. CÉSAR JEAN POOL LOREDO MORENO
    • Est. ROBERT NICOLLS SANGAY ORDOÑEZ
    • Est. MELISSA CORREA CORREA